Rolando Candanedo
La responsabilidad del promotor por vicios de la construcción
La responsabilidad del promotor por vicios de la construcción
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Autor: Rolando Candanedo.
La obra que tiene Ud. en sus manos busca orientar a los propietarios y promotores de inmuebles sometidos al régimen de la propiedad horizontal respecto a un aspecto relevante en este tipo de propiedad. Podemos afirmar que no existe la obra constructiva perfecta, pero el vendedor, antes promotor de la obra constructiva tiene para con sus compradores una obligación, la de entregar bienes y servicios de calidad, conforme lo ofrecido a través de diversos medios de publicidad.
Toda obra constructiva por su propia naturaleza debe tener un período de vida útil, conforme sea el destino del inmueble. Esta obligación nace desde la época del Imperio Romano y en Panamá en la Constitución Nacional en donde el Estado reconoce y garantiza el derecho de toda persona a obtener bienes y servicios de calidad. A través de su lectura orientamos al lector en las distintas etapas y/o períodos que la ley reconoce al adquirente de un inmueble para presentar su incon-formidad. La jurisprudencia nacional, extranjera y la doctrina nutren esta obra en todos sus aspectos, para hacer de ella un material de permanente consulta.
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